lunes, 12 de octubre de 2015

ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN

ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN

se refiere a la acción y efecto de receptar que, a su vez, se define como ocultar o encubrir delincuentes o cosas que son materia de delito. Desde un punto de vista jurídico, la receptación de bienes procedentes de actividades delictivas se regula en el Art. 301.1 del Código Penal, con la redacción dada en 2010.

El que adquiera, posea, utilice, convierta, o transmita bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva, cometida por él o por cualquiera tercera persona, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años y multa del tanto al triplo del valor de los bienes; asimismo, en función de la gravedad del hecho y de las circunstancias personales del delincuente, los jueces también podrán imponerle una pena de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión o industria, de uno a tres años, y acordar la clausura temporal (medida que no excederá de cinco años) o definitiva del establecimiento o local.

Resultado de imagen para ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN

COMO PREVENIR RL DELITO POR ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN por compra de un auto




PRIMERO.- Se crea el Programa “Compra segura”, el cual tiene por objeto la instalación y funcionamiento de Módulos de Identificación Vehicular (MIV) como una herramienta de consulta a la ciudadanía en general para que puedan conocer la procedencia de un vehículo, previo a la formalización de la compra y prevenir así la posible comisión de los ilícitos de encubrimiento por receptación y fraude.


SEGUNDO.- Los Módulos de Identificación Vehicular, serán instalados en los puntos que se requieran y definan en el Plan de Trabajo que deberá desarrollarse por parte de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Robo de Vehículos y Transporte.


TERCERO.- El personal de la Fiscalía que intervenga en la atención a la ciudadanía que se presente ante los Módulos de Identificación Vehicular orientará a las personas respecto del procedimiento a seguir para la consulta y revisión del vehículo en el Modulo; asimismo se le hará saber que deberá presentar el vehículo automotor de que se trate, junto con los documentos que amparen la propiedad del mismo y las respectivas identificaciones oficiales con fotografía tanto del comprador como del vendedor.


CUARTO.- Una vez iniciado el trámite ante el Módulo de Identificación Vehicular respectivo, se procederá a realizar la consulta de las Bases de Datos con que cuenta esta Procuraduría (SNSP, SAP, RAPI, CONAURO, AMIS-OCRA Y VINTRA). Asimismo, se verificará la documentación que acredite la propiedad del vehículo y se realizará una revisión física del mismo.

COMO SE CASTIGA EL ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN

Articulo 243.- Se impondrá prisión de 2 a 7 años de prisión, y de cincuenta a ciento veinte días multa, a quien después de la ejecución de un delito y sin haber participado en él, adquiera posea, desmantele, venda, enajene, comercialice, trafique, pignore, reciba, traslade, use u oculte el o los instrumentos, objetos o productos de aquél, con conocimiento de esta circunstancia si el valor de cambio no excede de 500 veces el salario mínimo.




martes, 6 de octubre de 2015

SISMOS


SERVICIO SISMOLÓGICO NACIONAL






El Servicio Sismológico Nacional (SSN) de México tiene como objetivos:

- Establecer y mantener una red de monitoreo de sismos en el país, que opere con altos estándares de calidad y de manera continua. Mantener un monitoreo continuo de los fenómenos sísmicos que tienen lugar en el país, usando instrumentos de aceleración, velocidad y desplazamiento.

- Distribuir la información de manera oportuna y eficiente de la localización y magnitud de un sismo. También, cuando sea el caso y la cobertura de la red lo permita, proporcionar a las instancias correspondientes los parámetros necesarios para emitir alertas tempranas o iniciar protocolos de protección civil.

- Archivar y distribuir de manera eficiente a la comunidad científica mundial, toda la información y datos generados. Establecer y mantener un programa de difusión y divulgación de la sismología.





¿SE PUEDE PREDECIR UN SISMO?

La predicción de sismos consiste en la predicción de que un sismo de una magnitud específica ocurrirá en un lugar particular en determinado momento. A pesar de considerables esfuerzos en investigación por parte de sismólogos, NO se pueden hacer predicciones científicamente reproducibles para un día o mes específico.



¿QUE HACER EN CASO DE SISMOS?




La República Mexicana se encuentra en la zona conocida, popularmente como el cinturón de fuego del Pacífico, cuyo nombre se debe al alto grado de sismicidad y volcanismo presentes. Estas manifestaciones son consecuencia de la interacción entre dos placas tectónicas, en el caso de México la placa de Cocos y la Norteamericana, aquélla penetrando bajo ésta en un fenómeno conocido como subucción.

Aproximadamente el 70% de la actividad sísmica que afecta el territorio nacional se originan frente a las costas de Guerrero y Oaxaca. Por su cercanía, las ondas de estos sismos alcanzan fácilmente el centro del país que es la región más poblada y de mayor actividad económica.


SI USTED SE ENCUENTRA.... BAJO TECHO (EN EL HOGAR LA ESCUELA O EL CENTRO DE TRABAJO)

1.- Conserve la calma y tranquilice a las personas de su alrededor.

2.- Si tiene oportunidad de salir rápidamente del inmueble hágalo inmediatamenmte, pero en orden. RECUERDE: NO grite, NO corra, NO empuje, y diríjase a una zona segura.

3.- NO utilice los elevadores.

4.- Aléjese de libreros, vitrinas, estantes u otros muebles que puedan deslizarse o caerse, así como de las ventanas , espejos y tragaluces,

5.- En caso de encontrarse lejos de una salida, ubíquese debajo de una mesa o escritorio resistente, que no sea de vidrio, cúbrase con ambas manos la cabeza y colóquelas junto a las rodillas. En su caso, diríjase a alguna esquina, columna o bajo del marco de una puerta.

6.- Una vez terminado el sismo desaloje el inmueble y recuerde: NO grite, NO corra, NO empuje.

EN LUGARES DONDE HAY MUCHA GENTE.

1.- Si se encuentra en un cine, tienda o cualquier lugar muy congestionado y no tiene una salida muy próxima, quédese en su lugar, cúbrase la cabeza con ambas manos colocándolas junto a las rodillas.

2.- Si tiene oportunidad localice un lugar seguro para protegerse,

3.- Si está próximo a una salida desaloje con calma el inmueble.

EN UN EDIFICIO ALTO

1.- Protéjase debajo de una mesa, escritorio resistente, marco de una puerta, junto a una columna o esquina.

2.- NO se precipite hacia la salida NI ulitice elevadores.

EN EL AUTOMOVIL.

1.- En cuanto pueda trate de pararse en un lugar abierto y permanezca en el automovil; NO se estacione junto a postes, edificios u otros elementos que presenten riesgos, NI obstruya señalamientos de seguridad.

2.- Si va en la carretera maneje hacia algún lugar alejado de puentes o vías elevadas y permanezca en su vehículo.

EN LA CALLE

1.- Aléjese de edificios , muros, postes, cables y otros objetos que puedan caerse. Evite pararse sobre coladeras o registros.

2.- De ser posible vaya a una área abierta lejos de peligros y quédese ahí hasta que termine de temblar.




MEDIDAS DE PREVENCION


  1. Todo padre o jefe de familia tiene la responsabilidad de organizar la autoprotección del grupo familiar.
  2.  Todos los miembros de la familia deben aprender a practicar primeros auxilios.
  3. Disponga en todo momento de una linterna, una radio con pilas, silbatos (pitos), comida enlatada y un botiquín de primeros auxilios.
  4. Conozca la ubicación y funcionamiento de las llaves generales de luz, agua y gas.
  5. Mantenga la vacunación de toda la familia. Preste atención a la vacuna antitetánica.
  6. Retire los objetos pesados ubicados en partes altas de estanterías, roperos o armarios.
  7. Mantenga en lugar seguro toda sustancia que pueda ser peligrosa.
  8. Ubique lugares seguros dentro y fuera de la vivienda.



by abogadoenunclic.mx