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miércoles, 25 de mayo de 2016

EN CASO DE DIVORCIO ¿CON QUIEN SE QUEDAN LOS HIJOS?

CON QUIEN QUEDAN LOS HIJOS EN CASO DE UNA SEPARACIÓN...

Cuando se produce una separación o un divorcio y hay hijos en común, la guardia y custodia de estos puede ser adjudicada a cualquiera de los progenitores. La decisión final depende de varios factores.
¿Con quién se quedan y porque?
La guardia y custodia de los hijos menores de edad o con alguna incapacidad que no les deje valerse por sí mismos, puede ser adjudicada tanto al padre como a la madre. En caso de haber mutuo acuerdo entre los dos progenitores sobre quién se queda con los niños. El juez solo aprueba y ratifica lo que se ha acordado, salvo que considere que puede haber un riesgo claro para los menores
Cuando no existe un acuerdo previo el juez es quien debe de decidir. En este caso se tienen en cuenta diferentes factores: no separar a los hermanos, las necesidades afectivas y emocionales de los mismos, la cercanía a otros miembros de la familia como los abuelos, la disponibilidad de los padres para poder atenderles o si alguno de los cónyuges tiene algún tipo de adicción, enfermedad mental, o tipo de vida desordenada.

Otro criterio que tiene en cuenta el juez y que a menudo resulta el más determinante, es la dedicación que haya tenido cada progenitor hacia el menor, antes de producirse la separación.
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el articulo 282 del CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES fracción B dice que -los menores de doce años quedarán a favor de la madre, excepto de violencia familiar cuando ella sea la generadora o exista peligro grave para el normal desarrollo de los hijos. No sera obstaculo para la preferencia maternal en custodia, el hecho de que la madre carezca de recursos económicos-

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viernes, 28 de agosto de 2015

¿CONOCES LOS BACHES EN LA CIUDAD DE MÉXICO?

 LOS BACHES EN LA CIUDAD

Lamentablemente vivimos en una ciudad donde hay una gran variedad de agujeros en el pavimento que vulgar mente se le conoce como "bache".
El gobierno del distrito federal hace campañas de "BACHEO" destinando millones de pesos en asfalto , material barato que solo dura un año y así poder justificar los gastos generados cada año sin que tenga que rendir cuentas.
Sin en cambio podrían pavimentar las calles con concreto hidráulico aunque es un poco mas caro es mas funcional, no derrapa (habría menos accidentes), serian menos gasto de neumáticos, ya que este material previene los encharcamientos por lo tanto no se pica y no se tendría que hacer el "GASTO" de las campañas de "BACHEO" ya que dura al rededor de 15 años, así ya no habría tantos gastos injustificados de parte del gobierno.
baches

LAS PARTES DE LOS AUTOS MAS AFECTADAS SON:

La suspensión: 
Los amortiguadores y brazos de suspensión controlan cómo se mueven y responden los autos.
Amortiguadores y brazos:
Los amortiguadores o suspensión del auto como los llaman en los modelos más recientes, sirven como un cojín para moderar la acción de rebote de los muelles de un auto, y absorben las irregularidades del camino.
Sin ellos, el auto rebotaría y saltaría continuamente por el camino, haciendo extremadamente difícil el manejo.
Dirección y frenos:
Esto afecta la dirección, la estabilidad y el frenado. Un amortiguador o una brazo de suspensión roto podría alterar la dirección y la conducción de un auto, por lo tanto crear peligrosos accidentes.
Signos de daños en el auto:
Es importante estar consciente de las señales que advierten que los amortiguadores o los brazos de suspensión de su auto podrían tener que reemplazarse.
* El auto se inclina al dar vuelta.
* Al frenar, el auto se clava hacia el frente
* Al acelerar, la parte trasera del auto se inclina
* El auto rebota o se desplaza hacia los lados en caminos con muchas curvas.
* El auto se golpea en los topes.
* El auto está más bajo en la parte de atrás o delante.

¿DONDE ACUDIR SI MI CARRO SE DESCOMPONE POR UN BACHE?

El problema al que nos enfrentamos es cómo hacer efectivo este derecho. Los tiempos y procedimientos a seguir. La gente puede cobrar los daños sufridos cuando se enfrente a una actividad administrativa irregular. Es decir, cuando no se tienen en buen estado los servicios que la autoridad debe dar.
En el caso del bache, el Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de Finanzas, deberá indemnizar a los automovilistas que sufran algún daño en su unidad a causa de baches en un plazo menor a 30 días hábiles. Pero no siempre es así. Si se trata de otra indemnización, se tendrá que verificar qué autoridad es la encargada de administrar ese servicio y será ella la que tenga que reparar el daño.
TRES TIPOS DE DAÑOS:
Patrimoniales: referentes a alguna afectación de su patrimonio (auto, casa, empresa).
Personal, el cual afecta el cuerpo físico del ciudadano (lesiones).
Moral: afectación de su imagen o persona como tal, siendo éste el más complicado de comprobar para indemnizar.
IDENTIFÍQUELOS
coladera
¿QUÉ MÁS SE PUEDE RECUPERAR?
Otras situaciones pueden ser responsabilidad de las autoridades por la mala administración de los recursos y, por ende, las personas pueden solicitar la reparación del daño.
Los daños administrativos más demandables son, además de los viales, caídas en coladeras, servicios médicos y clausura de establecimientos.
La Ley de Responsabilidad Patrimonial del D. F.  fija las bases, los límites y el procedimiento para reconocer el derecho a la indemnización a las personas que sufran diversos daños.
EL CAMINO A SEGUIR
Para solicitar la indemnización, es necesario que la persona siga los siguientes pasos:
A) Presentar licencia de conducir, tarjeta de circulación, credencial del IFE, comprobante de domicilio y factura del auto o carta factura a su nombre o endosada
La documentación mencionada deberá ser entregada en la Unidad Departamental de Servicios Generales, con el C. Hugo Sánchez Ojeda, Responsable Interno de Seguros, con ubicación en Av. Tezontle No. 8, casi esquina con Río Churubusco, colonia Los Picos Infonavit, delegación. Iztacalco.
Para cualquier duda o aclaración respecto a la documentación antes citada comunicarse a los siguientes números telefónicos: 5649-5453 / 5649-1883, exts. 11 y 14
.B) Acudir, cinco días después de ocurrido el percance, al Juzgado Cívico de la delegación donde se tuvo el percance.
C) Realizar un peritaje de tránsito terrestre, valuación de daños y mecánica de hechos.
D) En caso de no tener respuesta al momento de presentar su queja, acuda a la Procuraduría Social.
**Cabe hacer mención, que no es válida la reclamación cuando hay estado de ebriedad o  uso de psicotrópicos o infracciones al reglamento de tránsito vigente.
EL PROCESO
A pesar de que legisladores indicaron que el trámite dura 30 días, el procedimiento total es de hasta 40 jornadas.
1. Una vez que haya caído en el bache, lo primero que debe hacer es tomar fotografías del percance. Las del celular se aceptan.
2. Tiene hasta cinco días a partir del accidente para presentar su queja ante la autoridad responsable. Si cuenta con seguro, su aseguradora es la encargada de hacer la demostración correspondiente.
3. Una vez que hizo lo anterior, la autoridad cuenta con otros cinco días para aceptar su culpa o revocarla.
4. Si la autoridad niega su responsabilidad, ahí termina el proceso. En caso de ser positiva la resolución, usted continúa con el trámite.
5. A partir de este momento, la autoridad tiene 30 días para reparar el daño.
6. La autoridad puede aceptar el hecho de indemnizar, pero puede ocurrir que quiera pagar menos de lo que vale el daño. En ese caso, pueden ocurrir dos situaciones:
A) Acepta lo que la autoridad ofrece y B) impugnar la resolución en un juicio ente el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, que puede tardar hasta año y medio.
7. Si este Tribunal dicta una sentencia desfavorable, todavía tiene la posibilidad de un juicio de amparo directo ante un Tribunal Colegiado y puede tardar medio año más.
Es necesario hacerlo para que reparen un poco del daño que ocasionan utilizando materiales de baja calidad, rústicos y aparte de todo dicen que no hay presupuesto para hacer las reparaciones.

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